Parentesco de Afinidad que se Encuentra Regulado en el Código Civil de Chiapas

Parentesco de Afinidad

EL PARENTESCO (SIC) DE AFINIDAD EN LINEA RECTA, SIN LIMITACIÓN ALGUNA

V.- EL ADULTERIO HABIDO ENTRE LAS PERSONAS QUE PRETENDAN CONTRAER MATRIMONIO, CUANDO ESE ADULTERIO HAYA SIDO JUDICIALMENTE COMPROBADO.
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X.- EL MATRIMONIO SUBSISTENTE CON PERSONAS DISTINTAS DE AQUELLA CON QUIEN SE PRETENDA CONTRAER.

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ART. 154.-  EL ADOPTANTE NO PUEDE CONTRAER MATRIMONIO CON EL ADOPTADO O SUS DESCENDIENTES, EN TANTO QUE DURE EL LAZO JURÍDICO RESULTANTE DE LA ADOPCIÓN.

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