Parentesco de Afinidad que se Encuentra Regulado en el Código Civil de Chiapas
Parentesco de Afinidad
EL PARENTESCO (SIC) DE AFINIDAD EN LINEA RECTA, SIN LIMITACIÓN
ALGUNA
V.- EL ADULTERIO HABIDO ENTRE LAS PERSONAS QUE PRETENDAN
CONTRAER MATRIMONIO, CUANDO ESE ADULTERIO HAYA SIDO
JUDICIALMENTE COMPROBADO.
X.- EL MATRIMONIO SUBSISTENTE CON PERSONAS DISTINTAS DE
AQUELLA CON QUIEN SE PRETENDA CONTRAER.
ART. 154.- EL ADOPTANTE NO PUEDE CONTRAER MATRIMONIO CON EL
ADOPTADO O SUS DESCENDIENTES, EN TANTO QUE DURE EL LAZO
JURÍDICO RESULTANTE DE LA ADOPCIÓN.
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